En el sistema penitenciario chileno, la rehabilitación y reinserción social de los reclusos debería ser una prioridad indiscutible. Sin embargo, la realidad refleja una negligencia alarmante por parte del Estado en proporcionar las condiciones necesarias para que los internos puedan reintegrarse efectivamente en la sociedad. Esta carencia no solo perpetúa el sufrimiento de los reclusos, sino que también representa un riesgo significativo para la seguridad pública, al aumentar la probabilidad de que los reclusos no rehabilitados reincidan en el delito.
Por: Ricardo Cornejo Bravo | Abogado
Garantías Constitucionales y Derechos Humanos Vulnerados
La Constitución Política de la República de Chile establece en su artículo 1° que «El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común». Además, el artículo 19 N° 1 garantiza «el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona». Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos subraya que «Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados». A pesar de estas garantías legales, la falta de programas de rehabilitación y atención psicológica en las cárceles chilenas constituye una grave violación de estos derechos.
La Crueldad de la Falta de Intervención
La ausencia de programas de rehabilitación adecuados y la negativa de beneficios, como la libertad condicional, llevan a muchos reclusos a un estado de deterioro emocional profundo. Esta situación es particularmente cruel para los adultos mayores en prisión, quienes requieren atención especial debido a su condición y necesidades médicas.
El Impacto del Tratamiento Psicológico en la Rehabilitación
El tratamiento psicológico es crucial para reducir la posibilidad de reincidencia delictiva, ayudando a los reclusos a comprender su comportamiento, asumir responsabilidad y trabajar en el cambio de patrones dañinos. Este enfoque no solo aborda problemas específicos, como el abuso sexual infantil, sino que también mejora la salud mental general del imputado, beneficiando tanto a ellos como a su entorno.
Un Llamado a la Acción: La Responsabilidad del Estado
Es imperativo que el Estado chileno tome medidas inmediatas para corregir estas injusticias. La rehabilitación y reinserción de los reclusos no es solo una cuestión de derechos humanos, sino también una medida efectiva para prevenir futuros delitos y proteger a la sociedad. La Corte Suprema de Chile ha subrayado la importancia de la coordinación entre organismos públicos para brindar un tratamiento integral y proteger la integridad de las personas bajo custodia del Estado.
No se puede permitir que los reclusos sean condenados a una «muerte en vida» por la falta de atención y rehabilitación adecuada. La libertad ambulatoria eventual no representa verdadera libertad si no están preparados para reintegrarse en la sociedad. Es esencial que el sistema penitenciario chileno cumpla con su deber de proporcionar un entorno rehabilitador y digno, garantizando que todos los individuos privados de libertad reciban el tratamiento necesario para su rehabilitación y reinserción en la sociedad de manera segura y productiva.
Propuestas a Mediano Plazo para la Reinserción Social
Se requieren medidas a mediano plazo que aborden efectivamente el problema de la reinserción social, protegiendo tanto a los internos como a la comunidad en general.